Servicio al Estudiante

RENOVACION

 ARTICULO 16.- Los Alumnos deberán renovar el Carnet de Lector en forma anual mediante la presentación del certificado de reinscripción y actualización del Garante
ARTICULO 17.- Aquellos Alumnos que se encuentren cursando Carreras en distintas Facultades deberán optar por usar un solo carnet y siempre el mismo, en esta Biblioteca.
ARTICULO 18.- El carnet de Socio Adscrito, de Socio Becario y de Socio Pasante tendrá vigencia por el término de su designación, el de Socio Egresado tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre del año en que se expida, y deben ser devueltos al finalizar los plazos.
ARTICULO 19.- En caso de pérdida o extravío de su carnet, o bien si el mismo ha recibido daño o destrucción que motiven su reemplazo, para gestionar uno nuevo el usuario deberá cumplimentar el trámite establecido en el artículo 12.
ARTICULO 20.- Todo alumno al egresar o perder la condición de tal por aplicación de la legislación vigente, está obligado a la total devolución del material bibliográfico y el carnet de lector para la baja correspondiente.
ARTICULO 21.- El Departamento Biblioteca deberá emitir la certificación de Libre Deuda de material bibliográfico, cuando así sea solicitado por el interesado o alguna dependencia de la Universidad Nacional de Salta.

REQUISITO:

  • Reinscripción Actualizada

"En el caso de cambio de garante, el alumno deberá presentar una nueva SOLICITUD, en el TURNO QUE SE LE ASIGNE

EGRESADOS

Se informa a los alumnos que egresan o solicitan el pase a otra entidad educativa, para tramitar el Libre Deuda, deberán presentarse en al biblioteca con el pago del arancel correspondiente.

 

 

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